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Pleno del JNE deja sin efecto credencial de senador de Rafael López Aliaga y convoca a Absalón Vásquez

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Desde el Pleno del JNE precisaron que la medida adoptada obedece a una interpretación sistemática del ordenamiento constitucional y legal que rige el mandato parlamentario, ante el vacío normativo que surge cuando un senador electo decide no jurar ni asumir el cargo.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones resolvió, por mayoría, dejar sin efecto la credencial otorgada a Rafael López Aliaga como senador del Congreso de la República, puesto para el que fue elegido en las Elecciones Generales 2026.

De acuerdo con el colegiado, la decisión se sustenta en una interpretación integral del marco constitucional y legal que regula el mandato parlamentario, ante la falta de regulación específica para el supuesto en el que un senador electo opte por no jurar ni asumir el cargo antes de su incorporación al Parlamento.

«La competencia del JNE no se agota con la proclamación de resultados cuando subsisten controversias estrictamente electorales, cuya resolución resulta indispensable para asegurar la plena eficacia de la voluntad popular y la continuidad de la representación política», señalaron.

En esa línea, la Resolución N° 1757-2026-JNE precisa que, aunque el artículo 95 de la Constitución establece que el mandato legislativo es irrenunciable, dicha disposición y otras normas, como el Reglamento del Congreso y el Reglamento del Senado, distinguen con claridad la proclamación del candidato electo, el procedimiento de incorporación al cargo y el ejercicio de la función parlamentaria, atribuyendo efectos jurídicos propios a cada etapa.

Por ello, la proclamación realizada por el JNE constituye el acto mediante el cual se reconoce e individualiza la representación política conferida por la voluntad popular; sin embargo, por sí sola no equivale al inicio del mandato legislativo referido en dicho artículo.

El documento añade que, cuando un senador electo comunica de manera expresa, libre e inequívoca que no culminará el procedimiento de incorporación antes de la instalación del Congreso de la República, como ocurre en este caso, el Supremo Tribunal Electoral no está reconociendo un derecho a renunciar al mandato legislativo, sino determinando que lo previsto en la Constitución aún no ha terminado de configurarse plenamente.

Desde el Pleno del JNE enfatizaron, en ese sentido, que su pronunciamiento no constituye un control sobre el artículo 95 de la Norma Fundamental ni un pronunciamiento general sobre la renunciabilidad del mandato parlamentario, sino «la aplicación coordinada de las normas que integran el régimen jurídico del mandato representativo para resolver un supuesto excepcional no previsto expresamente por el legislador».

Convocatoria a Absalón Vásquez

La resolución también dispone convocar a Absalón Vásquez para que asuma el cargo de senador del Congreso de la República durante el periodo legislativo 2026-2031, por ser el candidato que prosigue en el orden de prelación de la votación preferencial de la misma lista de Renovación Popular; dicha convocatoria constituye el mecanismo jurídico que permite ejecutar íntegramente el resultado electoral ya proclamado.

Este pronunciamiento se emite en respuesta al pedido del Congreso de la República, desde donde señalaron que Rafael López Aliaga presentó un escrito comunicando su decisión expresa, voluntaria e irrevocable de no jurar ni asumir el cargo de senador.

Al advertir un vacío normativo respecto de la situación en que un senador o diputado electo, antes de su incorporación al Congreso de la República, manifiesta que no jurará ni asumirá dicho cargo, el JNE dispuso que su Oficina General de Asesoría Jurídica elabore un proyecto de ley.

Fuente: Diario RPP