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«Bicameralismo imperfecto» en 2026: qué harán los senadores y diputados en el nuevo Congreso

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El próximo Congreso de la República dejará atrás el modelo unicameral y, desde julio de 2026, funcionará con dos cámaras bajo lo que el excongresista y especialista en derecho constitucional Luis Roel Alva denomina un esquema de «bicameralismo imperfecto». Este diseño marcará competencias delimitadas para la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores de cara a las Elecciones Generales 2026.

El nuevo Parlamento estará integrado por 130 diputados y 60 senadores. Según Luis Roel, el rasgo «imperfecto» se explica porque cada cámara tendrá atribuciones exclusivas y excluyentes, de modo que las funciones asignadas a una no podrán ser ejercidas por la otra.

Funciones de la Cámara de Diputados

La Cámara de Diputados asumirá la iniciativa legislativa. Entre sus tareas estarán la presentación de proyectos de ley, el ejercicio del control político y la facultad de interpelar y censurar a los ministros.

Rol revisor y atribuciones exclusivas del Senado

Por su parte, la Cámara de Senadores actuará como instancia revisora: su papel será analizar y aprobar lo que remita la cámara baja, sin presentar proyectos de ley. No obstante, tendrá la capacidad de introducir cambios sustanciales a las iniciativas antes de su aprobación definitiva.

Luis Roel detalló: «(La propuesta) puede llegar al Senado y el Senado puede hacer lo que quiera. Puede darle el sentido, el contenido que quiera, sin avisarle a la Cámara de Diputados».

Los senadores contarán con funciones privativas, entre ellas la elección de las máximas autoridades de organismos como los magistrados del Tribunal Constitucional, el defensor del Pueblo, los miembros del directorio del Banco Central de Reserva (BCR), el contralor general de la República y el superintendente de Banca, Seguros y AFP (SBS), entre otros cargos clave.

Sobre el alcance del Senado, Roel añadió: «La Cámara de Senadores va a poder cambiar todo lo que mande en cuanto a leyes la Cámara de Diputados sin rendirle cuentas a la Cámara de Diputados, lo cual no sucedía, por ejemplo, en el Congreso bicameral de la Constitución de 1979, que sí había lo que se denominaba el reenvío».

Trámite del presupuesto con potestad compartida

En el caso de la ley de presupuesto, que hoy se aprueba primero en la Comisión de Presupuesto para luego pasar al Pleno, ambas cámaras tendrán el mismo peso decisorio. De acuerdo con Roel, se conformarán dos comisiones, una de diputados y otra de senadores, para conciliar y consensuar un dictamen común, que deberá ser aprobado tanto por la Cámara de Diputados como por la Cámara de Senadores.

Así lo explicó Luis Roel: «Habrá una reunión de dos comisiones, la de diputados y la de senadores, que se van a poner de acuerdo para entre ambos conciliar y consensuar una ley de presupuesto. Es decir, ambas cámaras van a tener la misma potestad y los mismos votos para aprobar el dictamen de lo que va a ser la ley de presupuesto, la cual debe ser aprobada tanto por la Cámara de Diputados como por la Cámara de Senadores».

Llamado a un contrapeso desde el Ejecutivo

Para Roel, es necesario que desde el Ejecutivo exista un contrapeso que equilibre la relación con el nuevo Legislativo. Señaló que en el último quinquenio el Congreso mostró una influencia notable sobre gobiernos con escaso margen de maniobra.

En sus palabras: «En los últimos cinco años hemos tenido un gobierno y gobiernos, en plural, débiles, que han sentido la presión del Congreso y han aceptado todas las modificaciones e incrementos que han generado por parte del Congreso».

Control constitucional sobre las leyes

Respecto de la aprobación de las normas, Roel remarcó que quien estará por encima de la Cámara de Senadores en la fiscalización de la constitucionalidad será el Tribunal Constitucional, con la facultad de declarar o no la inconstitucionalidad de las leyes.

Así lo expuso Luis Roel: «En esta idea del principio de separación de poderes, de los pesos y contrapesos, cuando el Congreso, ya sea la Cámara de Diputados o la Cámara de Senadores, se extralimite en estas funciones, como, por ejemplo, emita leyes inconstitucionales o antitécnicas, se pueden interponer demandas de inconstitucionalidad contra esas leyes y que sea el Tribunal Constitucional quien decida si esas normas son inconstitucionales».

Fuente: Diario RPP