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Proponen hasta 8 años de prisión para quienes operen o contraten «granjas de trolls» y «bots» en elecciones

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La bancada de Ahora Nación presentó un proyecto de ley que busca penalizar el uso de «granjas de trolls» o «bots» destinadas a «manipular o alterar ilegítimamente la formación de la voluntad electoral».

De acuerdo con la iniciativa de la bancada de diputados de Ahora Nación, se propone sancionar a quien «cree, administre, promueva, financie, opere, dirija o contrate» estas redes con el objetivo de interferir en la decisión ciudadana durante los comicios.

La propuesta, impulsada por el parlamentario César Muedas, plantea modificar la Ley de Delitos Informáticos, la Ley del Servicio Civil y la Ley de Organizaciones Políticas, entre otras normas, para que el nuevo tipo penal pueda castigarse con penas de hasta 8 años de cárcel.

Según el documento, estas medidas buscan «evitar ventajas indebidas obtenidas mediante redes digitales clandestinas, reforzar la fiscalización del financiamiento electoral, tutelar el honor y la buena reputación frente a agresiones sistemáticas, preservar el acceso a información y resguardar el correcto funcionamiento de la administración pública».

El expediente fue presentado el último viernes y está a la espera de ser derivado a una comisión parlamentaria para su debate.

¿Qué modificaciones legales propone el proyecto?

La iniciativa incorpora el artículo 12-B a la Ley N.° 30096, Ley de Delitos Informáticos, para establecer que quien, «mediante tecnologías de la información o de la comunicación, cree, administre, promueva, financie, opere, dirija o contrate una red digital automatizada o inauténtica coordinada mediante el uso masivo de perfiles falsos o bots, con el propósito de difundir de forma sistemática imputaciones falsas contra el honor o la reputación de una o más personas, o para simular identidad de terceros atribuyendo hechos falsos con relevancia electoral», será reprimido «con no menos de 4 ni más de 6 años de pena privativa de libertad, y con ochenta a ciento veinte días-multa».

Asimismo, la pena se eleva a «no menor de 5 ni mayor de 8 años de privación de libertad» y de 120 a 240 días-multa si concurren agravantes, como que «la operación sea financiada, total o parcialmente, con aportes, donaciones, u otros recursos provenientes de una fuente prohibida» por la legislación electoral.

También se considera agravante cuando el «agente tiene la condición de autoridad electa, funcionario o servidor público», si «utilice fondos, bienes, infraestructura, información, servicios o personal de una entidad pública para crear, administrar, operar o financiar la red», o cuando ejerza «cargo directivo, fundador, afiliado o aportante de una organización política».

De igual modo, se agrava si la conducta «se ejecuta mediante inteligencia artificial, generación o alteración sintética de imágenes, audios o videos, deepfakes u otras tecnologías equivalentes, destinados a atribuir declaraciones o hechos falsos a candidatos o autoridades electorales» o si se realiza «como parte de las actividades de una organización criminal o por encargo de esta».

La propuesta busca sancionar a quien use granjas de trolls o bots para «manipular o alterar ilegítimamente la formación de la voluntad electoral». Fuente: ONPE

Régimen disciplinario del Servicio Civil

El proyecto también incorpora el literal r) al artículo 85 de la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil, para incluir esta conducta en el listado de faltas disciplinarias que, según su gravedad, podrán sancionarse con suspensión temporal o destitución, previo proceso administrativo.

En ese sentido, se especifica que la infracción «comprende la participación en la amplificación artificial de contenidos, tendencias o aparentes respaldos ciudadanos, así como la difusión coordinada de ataques contra el honor o la reputación de una persona».

Infracciones en organizaciones políticas y pauta digital

El texto propone añadir el numeral 9 al literal c) del artículo 36 de la Ley N.° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, para considerar como infracción muy grave «crear, promover, financiar, contratar o utilizar, directa o indirectamente, una red digital automatizada o inauténtica coordinada destinadas a la difusión de pauta publicitaria no declarada ante el órgano electoral correspondiente, o a la emisión sistemática de imputaciones falsas contra una autoridad, candidato a elección popular, o contra cualquier persona».

Transparencia en gastos de campaña digital

Además, la propuesta dispone que los partidos políticos declaren ante la ONPE los gastos vinculados a «publicidad y propaganda digital; contratación de agencias, consultores o empresas de comunicación digital; administración profesional de cuentas y perfiles digitales; contratación de sistemas automatizados, inteligencia artificial u otras herramientas tecnológicas destinadas a la comunicación electoral; y cualquier otro servicio tecnológico destinado directamente a la publicidad electoral».

Coordinación interinstitucional

También se establece que la ONPE, el Jurado Nacional de Elecciones, el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú «establecen, dentro de sus competencias, mecanismos de coordinación para prevenir, detectar, investigar y perseguir operaciones digitales ilícitas que puedan afectar los procesos electorales» en Perú.

Situación del trámite en el Congreso

El proyecto fue presentado el pasado viernes y continúa pendiente de ser derivado a una comisión parlamentaria para su discusión.

Fuente: Diario RPP