
José Tello: «Si no me equivoco, el único partido que no cumple con esos dos supuestos es el Partido Cívico Obras» | Fuente: Andina
El especialista en legislación electoral José Tello sostuvo que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) «ha razonado de manera adecuada» al mantener los criterios establecidos en la LOP previos a su cambio de junio, cuando ya estaba en curso el proceso de las Elecciones Regionales y Municipales (ERM 2026).
José Tello, especialista en legislación electoral, detalló el alcance del reciente acuerdo del JNE que fija las causales para cancelar la inscripción de un partido político aplicables en el marco de las ERM 2026.
JNE mantiene los criterios previos de participación para conservar la inscripción
El acuerdo de la máxima autoridad electoral, divulgado el último sábado en el diario oficial El Peruano, confirma que sigue vigente como causal de cancelación el requisito de que una organización política compita en no menos del 50% de regiones en las elecciones regionales, y en las municipales participe «en por lo menos el 20% de circunscripciones provinciales existentes».
En consecuencia, el JNE decidió que no se aplicará en los comicios de octubre la modificación del artículo 13 de la Ley N° 32657, promulgada el 15 de junio, que había reducido a 30% el mínimo de regiones en las que un partido debía presentarse para no perder su registro.
La resolución considera que para cuando se promulgó la Ley N° 32657 «ya se habían cumplido diversos hitos del proceso electoral, como la fecha límite para la presentación de la solicitud de inscripción de normativa partidaria interna o para la inscripción de las alianzas electorales, así como la realización de las elecciones primarias», cuyos resultados definieron el ámbito de participación de las organizaciones.

¿Por qué el Partido Cívico Obras sería el único en perder su inscripción?
José Tello afirmó que el JNE «ha razonado de manera adecuada frente a una norma que se dio por parte del Congreso de la República, violando el principio de intangibilidad normativa».
«Partamos por eso, cuando redujeron del 50 al 30% violaron el principio de intangibilidad normativa porque no se puede dar ninguna norma electoral con un proceso en marcha», destacó.
En esa línea, el letrado subrayó que «el artículo 13 de la norma […] precisa que, para cancelarse un partido político, hay un requisito mínimo de participación que se tiene que cumplir: que se participe en el 50% de regiones a nivel nacional y el 20% de provincias a nivel nacional».
Para aclararlo, indicó que los partidos conservan su registro si cumplen «uno de los dos o los dos» supuestos exigidos por la norma.
«Se cancela la inscripción del partido si no cumple los dos mínimos de manera conjunta, ni el mínimo de provincias ni el mínimo de regiones […] Ahí se cancela la inscripción. Se conserva la inscripción si es que cumple los mínimos en los dos casos o en uno de los casos», explicó.
De acuerdo con José Tello, «todos los partidos» cumplen «con uno de los elementos o con los dos» salvo el Partido Cívico Obras.
«Si tenemos 25 regiones y 196 provincias, el jurado calculó que son 13 regiones o 40 provincias. Entonces, de acuerdo a los resultados que sacó el jurado – Resolución 1252, si no me equivoco – el único partido que no cumple con esos dos supuestos es el Partido Cívico Obras. Todos los demás o cumplen una o cumplen la otra», aseveró.
«Si no alcanzo los mínimos en los dos supuestos, pierdo la inscripción. Obra no alcanza el mínimo de las 13 regiones ni el mínimo de las 40 provincias. Por eso perdería la inscripción. Eso, a razón de la proclamación de los resultados en las elecciones primarias», agregó.
Impacto en el financiamiento público
El especialista en legislación electoral precisó que, de perder su registro, dicho partido dejaría de recibir el financiamiento público correspondiente, estimado en aproximadamente S/34 millones.
«En Aklla, hemos hecho un cálculo. Tenemos que el partido que más recibe [es] Fuerza Popular, 45 millones […], y el partido que menos recibe es Ahora Nación, con 31 millones. La sumatoria total son 222 millones. Obras está en algo de 34 millones, y ese dinero sí sería revertido al tesoro público. Solo el de Obras, lo demás sí se repartiría», puntualizó.

Fuente: Diario RPP