
Eder Quiroz: «[Correspondía] emitir pronunciamiento para salvaguardar la representación política» | Fuente: Renovación Popular / Andina
Eder Quiroz, jefe del gabinete de asesores de la Presidencia del JNE, afirmó que la resolución relacionada con el líder de Renovación Popular tuvo el propósito de «salvaguardar la representación política que corresponda» a las organizaciones políticas.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el sábado, por mayoría, una nueva resolución vinculada a Rafael López Aliaga. El pleno decidió dejar sin efecto su credencial como senador electo y dispuso que Absalón Vásquez asuma el escaño, al ser el candidato que sigue en el orden de prelación de la votación preferencial de Renovación Popular.
Fundamento del JNE: «vacío normativo» y defensa de la representación
Eder Quiroz explicó los argumentos que respaldan el pronunciamiento. Señaló que el colegiado actuó tras identificar un «vacío normativo», aspecto que fue puesto en relieve por el actual Congreso.
«El pleno del JNE lo que ha realizado es, habiendo recibido la comunicación del presidente interino del Congreso, Fernando Rospigliosi, y habiendo también recibido la comunicación cursada por Rafael López Aliaga, quien fue senador electo, lo que determina el propio Congreso de la República es que existe un vacío normativo».
De acuerdo con el asesor, la resolución del JNE buscó resolver la controversia para «salvaguardar la representación política que correspondan» a los partidos en la asignación de escaños.
«La Oficialía Mayor [del Congreso] debía recibir, hasta el 30 de junio, todas las declaraciones juradas y las credenciales por parte de los senadores electos. En ausencia de la credencial de un senador electo es que la Oficialía Mayor pone de manifiesto esta situación, para que se tomen o se adopten las decisiones que correspondan para superar esta deficiencia. Es decir, la Oficialía Mayor del presente Congreso debía recibir las credenciales de los senadores que habían sido proclamados y a quienes se les había cursado eso. Al no haber recibido justamente de un candidato es que pone de manifiesto esta situación y lo que el pleno del Jurado Nacional de Elecciones afirma, y así lo ha resuelto y ha plasmado en esta resolución, es que, en determinadas controversias de índole electoral, corresponde emitir pronunciamiento para salvaguardar la representación política que correspondan a las organizaciones políticas que se haya plasmado a través de la asignación de escaños».
«Es a este vacío normativo que responde la resolución que ha emitido el pleno del JNE, sobre la base del proceso de conformación del nuevo Senado. Existen estadios dentro del cual la Oficialía Mayor del presente Congreso, y también la junta preparatoria que recibiría a los nuevos senadores para su incorporación, tienen una etapa de recepción o de trámite administrativo […], que tiene importantes consecuencias jurídicas que, justamente, llevan a la conformación del nuevo Senado; y en esta deficiencia de un marco normativo que regule la situación es que el pleno del JNE ha evaluado señalando, por una parte, que al atender este pedido de ninguna manera se está haciendo una calificación sobre lo que es la irrenunciabilidad del mandato legislativo».
Quiroz subrayó que, «en resguardo de la voluntad popular», el pleno del JNE adoptó el fallo al detectar «una situación de vacío en la que no se podría integrar uno de los senadores a este nuevo Congreso bicameral».
«Se emite el pronunciamiento reconociéndose que dentro de la normativa vigente existe un vacío, vacío que debe merecer una integración a través de un pronunciamiento y justamente este pronunciamiento permite llenar esa situación o suplir la deficiencia en el marco reglamentario, por una parte que tiene rango de ley, y dentro del marco constitucional; y además, en reconocimiento de esa deficiencia, el pleno del JNE ha dispuesto que la Oficina General de Asesoría Jurídica también emita un proyecto de ley, se remita al Congreso previa aprobación del pleno en el que se integre o se mejoren esas deficiencias en la integración y en la interpretación normativa».
JNE rechaza presiones políticas
Por otro lado, Quiroz negó que el sentido del fallo responda a presiones partidarias provenientes de Renovación Popular, organización que mantiene una postura beligerante frente al JNE tras sostener, sin evidencias, que hubo fraude en la primera vuelta de las últimas elecciones presidenciales.
«El JNE, en todas sus decisiones, responde de manera objetiva y con apego estricto al ordenamiento jurídico vigente. Las decisiones que emitan no responden a presiones o cuestionamientos. Solamente se aplica de manera estricta lo que el mandato constitucional, la Ley Orgánica de Elecciones y las normas complementarias permiten adoptar como decisiones al Jurado Nacional de Elecciones«.
Asimismo, el funcionario remarcó que las competencias del JNE no culminan con la proclamación de los resultados, ya que también puede intervenir «cuando exista una controversia de naturaleza electoral».
«El pleno del JNE, a través de esta resolución, mediante votación en mayoría, lo que ha afirmado expresamente es que las competencias del Jurado Nacional de Elecciones no se agotan con la proclamación de resultados, y la emisión de las credenciales correspondientes, sino que en determinadas situaciones objetivas o cuando exista una controversia de naturaleza electoral corresponde emitir un pronunciamiento que permita la plena integración, en este caso del Senado para el nuevo Congreso Bicameral. Así lo ha señalado expresamente en este fallo que justamente sobre la base del marco constitucional, reglamentario vigente, haya arribado a esta conclusión».
Fuente: Diario RPP